Justicia pampeana le da la tenencia exclusiva al padre por considerar que la madre es una “manipuladora”

Tras años de conflicto judicial, la Justicia pampeana resolvió modificar el régimen de cuidado de una niña de 10 años con trastorno del espectro autista (TEA). La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico confirmó el fin del cuidado personal compartido y otorgó la guarda exclusiva al padre, al considerar acreditadas una conducta materna manipuladora, la obstaculización sistemática del vínculo paterno-filial y la afectación del derecho a la salud de la menor.

La decisión fue adoptada por los jueces Mariano Martín y Roberto Marcelo Ibáñez (Sala A), quienes rechazaron el recurso de la madre y ratificaron la sentencia de la jueza de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes, Alejandra Campos.

En primera instancia, la magistrada había hecho lugar al planteo del padre al constatar que la madre impidió de manera reiterada la vinculación entre él y su hija y que todas las medidas dispuestas para revertir esa conducta fracasaron. A ello se sumó la vulneración del derecho a la salud de la niña y la necesidad de priorizar su interés superior.

Al analizar la apelación, la Cámara sostuvo que de la sentencia surgía “con nitidez la manipulación materna”, en consonancia con un proceder obstructivo e insistente en la relación padre-hija. Los jueces subrayaron que, pese a la duración del proceso, la progenitora no modificó su conducta.

El Tribunal destacó informes médicos que indicaron la necesidad de evaluaciones y seguimiento terapéutico continuo. Sin embargo, quedó acreditado que la última asistencia a terapias fue en noviembre/diciembre de 2022. La madre sostuvo que dejó de llevarla por supuestos avances sin tratamiento y porque la niña lloraba los días de concurrencia. Para la Cámara, estos elementos justifican la decisión y descartan que se trate de una sanción, ya que buscan evitar una mayor vulneración de la integridad psicofísica de la menor.

Otro punto analizado fue el cambio de centro de vida por el traslado a Córdoba bajo el cuidado del padre.

Finalmente, la Cámara valoró un informe psicológico que describió un conflicto parental crónico desde 2018, con incumplimientos reiterados del régimen comunicacional paterno.

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