{"id":10712,"date":"2020-12-17T20:19:18","date_gmt":"2020-12-17T23:19:18","guid":{"rendered":"http:\/\/revistabife.com\/?p=10712"},"modified":"2020-12-17T21:36:34","modified_gmt":"2020-12-18T00:36:34","slug":"rio-atuel-ziliotto-pide-la-implementacion-inmediata-de-un-caudal-minimo-a-la-corte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/2020\/12\/17\/rio-atuel-ziliotto-pide-la-implementacion-inmediata-de-un-caudal-minimo-a-la-corte\/","title":{"rendered":"Rio Atuel: Ziliotto pide la implementaci\u00f3n inmediata de un caudal m\u00ednimo"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-drop-cap has-medium-font-size\">El gobernador Sergio Ziliotto elev\u00f3 a la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n un escrito pidiendo que \u201cdefina La creaci\u00f3n del organismo de cuenca correspondiente (CIRA) con facultades plenas y la incorporaci\u00f3n efectiva del Estado Nacional para la gesti\u00f3n conjunta de los recursos h\u00eddricos de la cuenca del r\u00edo Atuel. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Asimismo reitera el pedido que implemente&nbsp; de &#8220;inmediato&#8221; un caudal m\u00ednimo permanente e interino de 3,2 m3\/s de agua del r\u00edo Atuel, con una calidad asociada no superior a los 2450 \u00b5S\/cm, en pos del cese del da\u00f1o ambiental existente. &nbsp;&nbsp;El escrito remitido al m\u00e1ximo \u00f3rgano judicial de la naci\u00f3n surge de un informe elaborado por la delegaci\u00f3n pampeana en la CIAI, en el que tambi\u00e9n se solicita a la Corte que &nbsp;establezca el \u201cprograma de Acciones y Obras anexas para garantizar la sostenibilidad de dicho caudal m\u00ednimo y permanente, as\u00ed como para atender a la progresividad que se determine necesaria, y defina el programa de Monitoreo de la recomposici\u00f3n ecosist\u00e9mica y obtenci\u00f3n de la l\u00ednea de base ambiental.<br><br>El trabajo realizado por los representantes pampeanos ante la CIAI detalla pormenorizadamente los obst\u00e1culos puestos por la provincia de Mendoza para llegar a un acuerdo razonable, asegurando que mantiene una \u201cpostura intransigente que no aporta a la soluci\u00f3n de este conflicto, sin una visi\u00f3n solidaria que entienda el concepto de integralidad, desarrollo sustentable y al ambiente como un usuario de la cuenca\u201d.<br><br>El documento tambi\u00e9n pone en conocimiento de la Corte el trabajo realizado en el plazo otorgado mediante la sentencia emitida el d\u00eda 16\/07\/2020, en la cual se ordeno a las provincias a que, junto con el Estado Nacional, determinen en la \u00f3rbita de la C.I.A.I. las acciones u obras de infraestructura necesarias para alcanzar el caudal m\u00ednimo permanente de 3,2 m3\/s, y, diagramen un programa de monitoreo permanente que permita el control en el tiempo, de la provisi\u00f3n del caudal m\u00ednimo fijado y de la evoluci\u00f3n de la biota, la salinidad y los niveles fre\u00e1ticos.<br><br>El escrito fue elaborado por N\u00e9stor Lastiri, Romina Bel\u00e9n Schmidt, Fabi\u00e1n Titarelli, Hern\u00e1n P\u00e9rez Araujo, Jos\u00e9 Vanini, Pablo Dornes, Gast\u00f3n Buss,&nbsp; Martin Berhongaray, Roberto Daniel Rodr\u00edguez, H\u00e9ctor Eduardo Gomez, Espartaco Mar\u00edn, Griselda Ostertag, Jorge Scarone, Juanita De Ugalde, MAR\u00cdA Virginia Riestra, Mar\u00eda Valderrama Calvo, Julio Rojo y Eduardo Alberto Mangas, todos ellos delegados por La Pampa ante la CIAI.<br><br>El informe detalla con exactitud lo acaecido en las reuniones llevadas adelante para el cumplimiento del fallo as\u00ed como las razones por las cuales no se pudo arribar a un acuerdo y por tanto lograr la eficacia del mismo.<br><br><strong>Dentro de estas razones se expone:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Negativa de Mendoza a reconocer en hechos la interprovincialdad del r\u00edo, oponi\u00e9ndose a una gesti\u00f3n conjunta y coordinada mediante la consolidaci\u00f3n de un \u00f3rgano de cuenca con facultades para gestionar ambientalmente la cuenca en su totalidad.<\/li><li>Negativa por parte de Mendoza a consolidar el CIRA dot\u00e1ndolo de las facultades suficientes para que en su seno se tomen las decisiones de gesti\u00f3n que luego las provincias aplicar\u00e1n en sus territorios en pleno dominio de su soberan\u00eda territorial.<\/li><li>Falta de discusi\u00f3n por la provincia cond\u00f3mina de la necesidad de incluir el uso ambiental en las normas de manejo de las represas existentes en el r\u00edo Atuel. Lo cual conllev\u00f3 su negativa a discutir acciones con las cuales efectivizar el caudal m\u00ednimo permanente.<\/li><li>Posici\u00f3n de la provincia cond\u00f3mina de supeditar el caudal m\u00ednimo permanente a la realizaci\u00f3n de obras, las cuales resultan no sustentables e ineficientes para la soluci\u00f3n real y permanente del conflicto. No contemplando ninguna de ellas la din\u00e1mica natural del r\u00edo Atuel.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/li><li>Restricci\u00f3n por parte de la Provincia de Mendoza de la extensi\u00f3n areal a monitorear y por ende, a recomponer, limit\u00e1ndola en su extremo inferior hasta la localidad de Algarrobo del \u00c1guila, a escasos kil\u00f3metros al sur del l\u00edmite interprovincial.<\/li><li>Oposici\u00f3n de la Provincia de Mendoza a considerar la cuenca en su integralidad.<\/li><li>La Provincia de Mendoza sigue argumentando que el cambio clim\u00e1tico afectar\u00e1 solo a las actividades que se realizan en el \u00e1rea de riego y antojadizamente razona que la extensi\u00f3n de sus efectos est\u00e1 determinada por l\u00edmites pol\u00edticos.<\/li><li>La delegaci\u00f3n mendocina contin\u00faa asumiendo que el cambio clim\u00e1tico es un factor ex\u00f3geno, donde las actividades realizadas en su provincia en nada contribuyen al mismo, y por ende la eximen de responsabilidades o de la necesidad de tomar medidas de adaptaci\u00f3n (ej. medidas flexibles) a escenarios de cambio.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\"><strong>El plan presentado por La Pampa<\/strong><br>&nbsp;La provincia de La Pampa presento un plan de acciones mediante las cuales podr\u00eda obtenerse el caudal m\u00ednimo permanente y de calidad necesario para detener el da\u00f1o ambiental en el noroeste de la provincia. Dicho plan de acciones fue rechazado por Mendoza.<br><br>Los postulados t\u00e9cnico-jur\u00eddico-ambientales manifestados por la delegaci\u00f3n pampeana fueron ignorados y desconocidos por los representantes del estado Mendocino, prueba de tal afirmaci\u00f3n son las consideraciones vertidas en la reuni\u00f3n de Comit\u00e9 Ejecutivo del d\u00eda 11 de diciembre de 2020 donde textualmente expresaron \u201cel enemigo nuestro es la naturaleza que no aporta nieve no aporta agua\u201d.<br><br>Se vislumbra que la provincia de Mendoza mantiene una postura intransigente que no aporta a la soluci\u00f3n de este conflicto, sin una visi\u00f3n solidaria que entienda el concepto de integralidad, desarrollo sustentable y al ambiente como un usuario de la cuenca. Contrariamente, contin\u00faa acumulando agua en los embalses y haciendo un uso unilateral, exclusivo y arbitrario del agua.<br><br><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobernador Sergio Ziliotto elev\u00f3 a la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n un<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":10718,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_uf_show_specific_survey":0,"_uf_disable_surveys":false,"footnotes":""},"categories":[32],"tags":[],"class_list":["post-10712","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10712"}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10712"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10712\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10719,"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10712\/revisions\/10719"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10718"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10712"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10712"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistabife.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10712"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}